Para cada comunidad autónoma se establecen ciertos requisitos para realizar el trámite de las licencias turísticas y en esta ocasión se darán detalles sobre las licencias de uso de viviendas con fines turísticos.

En el caso de la Comarca de la Selva, perteneciente a la provincia de Girona de la Comunidad autónoma Cataluña, las normativas de las licencias turísticas se rigen por el decreto 159/2012, del 20/11, de viviendas de uso turístico y establecimientos de alojamiento turístico.

Decreto 159/2012 de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico

Entre todos los aspectos que se mencionan dentro de dicho decreto, se establecen las diferencias entre alojamiento turístico y viviendas de uso turístico. En las cuales los mayores aspectos diferenciadores son el régimen jurídico y el sistema de habilitación e inscripción.

Requisitos de las viviendas de uso turístico en la comarca de la Selva

Algunos de los requisitos que las viviendas de la comarca de la Selva con fines turísticos deben cumplir son los siguientes:

  • Es fundamental que las viviendas con fines turísticos sean alquiladas al menos dos veces al año, pero dicho alquiler no debe sobrepasar los 30 días por parte del mismo inquilino.
  • Aunque en un principio se establecía que este tipo de viviendas no podían ser cedidas por estancias, después de la anulación de este apartado, ahora sí está permitido.
  • Es obligatorio que las viviendas tengan la cédula de habitabilidad.
  • En la cédula de habitabilidad se establecerá un número máximo de inquilinos que no deberá sobrepasarse.
  • Deberán comunicar con antelación el inicio de actividad al ayuntamiento respectivo según la comarca o provincia en general.

El proceso para obtener la licencia turística en La Comarca de la Selva puede simplificarse si se cuenta con los servicios de la inmobiliaria Blanes House.